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DECADENCIA DE LA TRASHUMANCIA: EL FIN DE LA MESTA (1796-1836) 






   Ya en la antigüedad y desde la aparición del pastor trashumante, surgió la necesidad de trasladar el ganado desde los pastos de verano hasta los pastos de invierno determinando la creación de unos itinerarios que aprovechando los pasos más practicables (puertos de montaña, colladas, riberas de ríos, etc) fueron tejiendo un complejo entramado de vías de comunicación en la Península Ibérica que constituirían las actuales vías pecuarias.Esta red de vías pecuarias (cañadas, cabañeras, azagadores reales, carreradas, etc, según su denominación en cada región) forma parte de nuestros paisajes y constituyó un nexo de unión para los pueblos peninsulares fomentando relaciones económicas, de parentesco, culturales, y tantas otras circunstancias que dejarían huella en nuestra historia.



   La singular organización de los reinos hispánicos a partir de la Baja Edad Media (Castilla y Aragón y también Navarra) creando y otorgando competencias a determinados gremios pecuarios (Honrado Concejo de la Mesta en Castilla, Casa de Ganaderos en Aragón, etc) ayudó a fomentar y preservar las actuales vías pecuarias.



   No obstante, la ganadería trashumante estuvo siempre rodeada de intereses habitualmente conflictivos (disputas sobre jurisdicciones, arrendamientos, tasas de yerbas, aprovechamiento de terrenos baldíos y comunes, impuestos de tránsito, etc) llegando a cuestionarse el régimen de privilegio en que se hallaba inclinándose a favor de las cabañas estantes y de la agricultura.



   En 1796 se suprimió el cargo de “Alcalde mayor entregador de mestas y cañadas” del Honrado Concejo en Castilla y en 1817 se produjo la abolición de las “corporaciones de mestas” de Navarra, constituyendo el inicio de la decadencia de la trashumancia.



   Los presupuestos ideológicos de las Cortes de Cádiz de 1812 hacen que el liberalismo se oponga a las agrupaciones ganaderas tradicionales (exclusivistas y privilegiadas) no obstante, durante los primeros periodos constitucionales las Cortes fueron respetuosas con los derechos, intereses, usos y costumbres de la trashumancia.



   Así, el Decreto de 25 de septiembre de 1820 establece: “No se impedirá a los ganados de todas especies, trashumantes, estantes o riberiegas, el paso por sus cañadas, cordeles, caminos o servidumbres; tampoco se les impedirá pacer en los pastos comunes de los pueblos de tránsito en que se les ha permitido hasta ahora, mientras conserven esta cualidad, no entendiéndose por pastos comunes los propios de los pueblos ni los baldíos arbitrados, y salvo el derecho de propiedad, sancionado por el Decreto de 8 de julio de 1813; no se exigirán a los ganados trashumantes, estantes o riberiegos los impuestos que con varios títulos se cobraban por particulares y corporaciones, pero sí los de barcos y pontones, quedando libres dichas corporaciones y particulares de darles los auxilios que les franqueaban por efecto de aquellas prestaciones”.



   Por tanto, con anterioridad a la Constitución de 1836 no se dio ninguna ley ni resolución que suprimiera el Concejo de la Mesta si bien desde 1808 y debido a la dominación del gobierno francés su Presidencia había sido cesada y, a partir de 1820 se consideró implícitamente abolida su jurisdicción por el reestablecimiento del sistema constitucional. Tanto el Honrado Concejo de la Mesta como la Casa de Ganaderos de Zaragoza intentaron reestablecerse sin éxito alguno.



   Durante el periodo preconstitucional de 1833 a 1836 se producirían cambios político-administrativos que afectarían al gremio mesteño de tal manera que el 31 de enero de 1836 se dictó una Real Orden por la cual se dispuso que el Honrado Concejo de la Mesta se denominaría en adelante “Asociación General de Ganaderos” declarando el 14 de mayo del mismo año los principios y las pautas administrativas por las que debería de regirse dicha Asociación.



   En 1931 el Ministerio de Agricultura asumiría las competencias delegadas a la Asociación General de Ganaderos del Reino, siendo la Dirección General de Ganadería, inicialmente y el Instituto para la Conservación de la Naturaleza, después, los que velarían por las vías pecuarias quedando hoy en día transferida su gestión a las Comunidades Autónomas.



   La historia de estos caminos forma parte de la historia de España así como de la historia de nuestro Mastín Español y su conservación supone el rescate de uno de los más importantes monumentos de nuestro acervo cultural.


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